Tramitar baja gratuita de coche o moto en Córdoba
Baja DGT Particulares
Fotocopia del DNI
Ficha Técnica
Permiso de Circulación
Organiza los documentos para tramitar la baja en la DGT
Verifica que documentación es necesaria para tramitar la baja definitiva de tu vehículo en la DGT
Ponte en contacto con nosotros
Marca el día y la hora en la que quieres que nos llevemos tu coche hasta nuestro desguace en Córdoba. Todo el trámite (grúas incluidas) es GRATUITO
Realizaremos telemáticamente la baja en la Dirección General de Tráfico
Una vez que el vehículo llegue hasta nuestro centro de reciclaje (desguace), tramitaremos la baja electrónica de manera telemática
Recibe el documento que acredita la baja del vehículo en la DGT
Recibirás el justificante de baja de la DGT y el Certificado de Destrucción. Si no quieres acudir hasta nuestras oficinas, enviaremos por correo electrónico los citados documentos justificativos.
Casos específicos para la baja gratuita de coches o motos en Córdoba
Baja
de vehículo a nombre de una persona diferente al titular
Documentación necesaria para dar la baja definitiva de un vehículo a nombre de una persona diferente al titular.
- Permiso de circulación
- Ficha Técnica (original)
- DNI o NIE del titular y propietario (fotocopia)
- Factura o contrato de compra-venta que justifique la propiedad
Baja
Vehículo de Persona Fallecida
Documentación necesaria para la baja de un vehículo a nombre de una persona fallecida
- Permiso de circulación (original)
- Ficha Técnica (original)
- DNI o NIE de la persona fallecida (fotocopia, si la tiene)
- Declaración de herederos (documento firmado por los herederos donde se hace constar que están de acuerdo en dar de baja el vehículo) o testamento o escritura de adjudicación de herencia
Baja
Vehículo a nombre de una persona incapacitada
Documentación necesaria para la baja de un vehículo a nombre de una persona incapacitada
- Permiso de circulación (original)
- Ficha Técnica (original)
- DNI o NIE del titular (fotocopia)
- Documento de representación legal en caso de incapacitados emitido por un juez
Baja
DGT Vehículo Sin Documentación
Documentación necesaria para vehículos sin documentación (por robo o extravío)
- DNI del titular (fotocopia)
- Modelo de extravío o denuncia (según el caso)
- Nota: En el caso de que el titular no pueda asistir y lo represente otra persona deberá presentar una autorización firmada por el titular del vehículo. En el caso de que no disponga de permiso de circulación o ficha técnica, si es por robo deberá presentar la denuncia y si es por extravío deberá presentar su DNI o NIE y firmar un documento en nuestras oficinas. Si tiene cualquier duda, no dude en consultarnos
Baja
Vehículos de Empresa
Documentación necesaria para dar de baja un coche de empresa
- Permiso de circulación (original)
- Ficha Técnica (original)
- DNI o NIE del apoderado o representante legal (fotocopia)
- CIF de la empresa
- Documento de representación de personas jurídicas (no es necesario si es el apoderado el que acude a nuestras instalaciones). Solicitar por fax en caso necesario.
Baja
Vehículo a nombre de un menor de edad
Documentación necesaria para la baja de un vehículo a nombre de un menor de edad
- Permiso de circulación (original)
- Ficha Técnica (original)
- DNI o NIE (fotocopia)
- DNI del padre o de la madre junto con el libro de familia o en su caso, DNI del tutor legal junto con un documento que acredite la tutela.
Preguntas y Respuestas sobre la Baja definitiva de vehículos en la DGT
El proceso para dar de baja definitiva un vehículo que posee multas pendientes no cambia con relación a los vehículos que no tienen multas, ya que no existe ningún impedimento para realizar el envío al desguace y darlo de baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT). Te informamos que las multas están ligadas directamente con el conductor y no con el vehículo. Por ende un coche que posee multas se podrá dar de baja sin ninguna dificultad. Es por ello que las multas seguirán reclamándose a través de las vías administrativas, a pesar de que el vehículo haya pasado por el proceso pertinente en el desguace.
Definitivamente, las multas no pertenecen al vehículo, solo están asociadas directamente con el conductor. Si tu vehículo posee multas y necesitas darlo de baja, puedes hacerlo sin ninguna problema, sólo debes contactarnos y enviarnos la información solicitada según sea tú caso.
Si, es posible dar de baja un coche que se encuentra embargado en la Dirección General de Tráfico (DGT), tanto si es baja definitiva como si es baja temporal. Si el tipo de embargo permite realizar la gestión, el proceso para trasladar el vehículo al desguace es muy sencillo, el procedimiento sería exactamente el mismo a una situación totalmente normal, sin ninguna diferencia, al no existir un proceso administrativo que bloquee la formalización del trámite.
Si estas interesado en enviar tu vehículo al desguace y posee un embargo a cuestas, al contactarnos, solo debes indicarnos la situación que presenta el automóvil para comprobar el tipo de embargo que posee el vehículo. De esa manera te podremos asesorar e informar si es posible iniciar los trámites de traslado hacia el desguace y la baja definitiva en la DGT. Para realizar esa gestión, te solicitaremos la siguiente información:
- Matrícula del vehículo
- Copia del DNI del titular
- Número de Bastidor
Si el embargo que posee tu automóvil permite realizar el proceso, nos dirigiremos a retirar el vehículo para trasladarlo al desguace, tramitando la baja definitiva en la DGT, entregándote así, el Certificado de Destrucción. En el caso de que Tráfico nos indique que no es posible realizar la baja definitiva, debes realizar las gestiones correspondientes para que el embargo se levante.
El proceso para enviar un vehículo extranjero al desguace es el mismo que uno matriculado en España, con la salvedad de que los trámites se realizarán en el país de origen, ya que el vehículo no estará registrado en la DGT. Para iniciar el proceso dirígete a la administración correspondiente del país de origen, donde el vehículo fue debidamente matriculado por última vez, con las placas de matrícula y el Certificado de Destrucción.
El abandono de un vehículo en la vía pública es considerado una falta grave de acuerdo a la ley, la sanción a esta falta podría generar multas que oscilan entre los 200 y 30.000€, de acuerdo a las circunstancias. Los VFU (vehículos fuera de uso), son considerados vehículos de residuo que, de acuerdo a sus características y a su tiempo de vida útil, no pueden circular ni estar estacionados en vía pública, por lo que deberán ser retirados por un gestor especializado y autorizado para el tratamiento en dichos desguaces.
Un vehículo abandonado en la calle, además de generar multas que se pueden evitar, afecta a los espacios, daña la imagen de la ciudad y se convierte en un problema para la salud pública.